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Cancillería atiende a costarricenses en el extranjero
¿En qué consiste la medida?
La Cancillería de la República ha solicitado a las 62 Embajadas, los 54 Consulados Generales y los 40 Consulados Honorarios, que mantengan y refuercen sus operaciones y protocolos de atención a los costarricenses en el exterior.
Al mismo tiempo, se ha instruido para que, utilizando medios tecnológicos y formas alternas de atención, se mantenga de manera continua la operación de los servicios a los usuarios.
Al 25 de marzo, la Cancillería ha logrado atender a cerca de 800 nacionales en 48 países y territorios, en procura de que quienes aún no han podido regresar al país, puedan hacerlo lo más pronto posible.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha puesto a disposición el correo electrónico covid19-consular@rree.go.cr para la atención de consultas.
Atención ciudadana
- Teléfono: 2539-5300
- Web: www.rree.go.cr
Llame a la línea 1322 para información sobre los síntomas del COVID-19 y reportar posibles casos.
Última actualización: 30 de marzo de 2020
Otros sitios de interés
Declaratoria de Emergencia Nacional
¿En qué consiste la medida?
El 16 de marzo 2020, el Gobierno declaró estado de emergencia nacional en todo el territorio nacional. Esto impide el ingreso de extranjeros al país hasta el 12 de abril, solamente podrán ingresar nacionales y residentes. Además, suspende lecciones en todos los centros educativos del país y señala el reingreso a clases el 13 de abril, ampliando el calendario escolar al 23 de diciembre.
Atención ciudadana
Llame a la línea 1322 para aclarar y explicar los síntomas de COVID-19 e informar sobre posibles casos.
Otros sitios de interés
Cancelación de llegada de cruceros
¿En qué consiste la medida?
JAPDEVA suspende la llegada de 14 cruceros con pasajeros a la Terminal Hernán Garrón Salazar en Limón, hasta el 12 de abril.
Atención ciudadana
- Teléfono: 800-5273-382
- Web: www.japdeva.go.cr
Llame a la línea 1322 para información sobre los síntomas del COVID-19 y reportar posibles casos.
Otros sitios de interés
Protocolo de atención de la emergencia nacional por COVID-19, en puestos migratorios aéreos, marítimos y terrestres
¿En qué consiste la medida?
Todo costarricense, residente o persona extranjera que se encuentre tramitando su regularización ante la Dirección General de Migración y Extranjería que ingrese por vía marítima, aérea o terrestre deberá, como medida de prevención y contención, permanecer en aislamiento preventivo obligatorio por 14 días a partir de su llegada al país.
Esa medida será notificada por medio de una orden sanitaria por el oficial de migración a la entrada al país.
Atención ciudadana
Llame a la línea 1322 para información sobre los síntomas del COVID-19 y reportar posibles casos.
Llame a la línea 1322 si tiene alguna consulta sobre ordenes sanitarias de migración.
Otros sitios de interés
- 674
- Poblaciones específicas, Seguridad y control de fronteras, Turistas o Personas Residentes
- Aislamiento preventivo, Costarricenses en el extranjero, Dirección General de Migración y Extranjería, Fronteras, Migrantes, Ministerio de Seguridad, Movilidad, Permanencia legal, refugiados o residentes, Turismo, Viajes
Cancelación de vuelos a funcionarios públicos
¿En qué consiste la medida?
Como parte de las acciones preventivas y de mitigación para la atención de la alerta sanitaria por COVID-19, se instruye a todas las instancias ministeriales y sus respectivos órganos para que procedan de inmediato a cancelar los viajes oficiales al extranjero de sus funcionarios y funcionarias, salvo aquellos viajes que sean estrictamente indispensables para la continuidad del servicio público prestado por la institución, así como de acuerdo con la naturaleza de las funciones que desempeña cada jerarca o funcionario público.
Atención ciudadana
Llame a la línea 1322 para información sobre los síntomas del COVID-19 y reportar posibles casos.