Se restringe de manera temporal el egreso del territorio nacional de todo extranjero residente o con estatus regular.
La medida rige a partir del martes 25 de marzo a las 23:59 horas y hasta el 12 de abril a las 23:59 horas, ambas fechas inclusive.
En el caso de que salgan, no podrán ingresar de nuevo al país hasta que se cumpla el plazo establecido, con posibilidad de que se prorrogue la medida.
Esta medida se aplica a personas extranjeras residentes o persona extranjera que se encuentre tramitando su regularización ante la Dirección General.
La excepción o la no aplicación de la restricción se hará a los extranjeros que conduzcan medios de transporte internacional, terrestre, marítimo, fluvial o aéreo de transporte de mercancías.