El INAMU, con apoyo de legisladores y legisladoras, consiguió que en la ley quedaran establecidas las siguientes medidas en favor de las mujeres:
1) Se prohíbe expresamente aplicar la reducción de la jornada y de los salarios o la suspensión del contrato de trabajo a mujeres embarazadas y/o en período de lactancia;
2) En ningún caso las medidas podrán afectar las prestaciones que reciben las mujeres por licencias de maternidad, incapacidades médicas, incapacidades por riesgos del trabajo o licencias para cuido de personas dependientes enfermas;
3) Se prohíbe aplicar la reducción de la jornada y de salarios con fines discriminatorios o como represalia en perjuicio de las personas trabajadoras. Esto incluye que cuando la reducción de jornada de trabajo se aplique a unos puestos y a otros no, deberá hacerse de forma proporcional entre hombres y mujeres, es decir, la medida no podrá aplicarse en mayor proporción a las mujeres y
4) La ley incluye expresamente que las personas trabajadoras a las que se les reduzca la jornada también podrán tener acceso a los subsidios de los programas de desempleo.
Si desea reportar una situación de violencia doméstica llame a la Línea 911, al teléfono 2527-3761 con la Delegación de la Mujer, o al Correo: cio@inamu.go.cr