A partir del 27 de junio se instruye el uso de mascarilla o careta de la siguiente forma:
Para todas las personas que atienden público, en el caso de restaurante debe ser mascarilla por la posición elevada de quien toma la orden.
Para público en general cuando utilice: transporte remunerado de personas, cines, teatros, iglesias, bancos y restaurantes mientras no estén consumiendo.
Las mascarillas pueden ser quirúrgicas o de tela y las caretas deben tener cobertura facial general, ya que es importante que cubra adecuadamente boca y nariz.